El RD 681/2003 de 12 de Junio,
establece las obligaciones del empresario para proteger la salud de los trabajadores
que desempeñan su trabajo en ambientes donde pueden formarse atmósferas
explosivas. Las medidas que debe adoptar el empresario son:
- Informar a los trabajadores sobre los riesgos
- Formar a los trabajadores para que puedan operar en las zonas de riesgo con seguridad
- Suministrar a los trabajadores los equipos de protección adecuados para operar con seguridad en las zonas de riesgo
- Coordinar a los trabajadores propios y proveedores externos para que reciba la información y la formación correspondientes cuando desempeñen tareas dentro de las instalaciones del empresario
- Clasificar las zonas de riesgo y señalizarlas de forma adecuada
- Documentar por escrito todo lo anterior (DOCUMENTO ATEX), estableciendo de forma clara los criterios de:
- Clasificación de las zonas
- Señalización
- Formación
- Coordinación
- Actualización del documento
¿Qué normativa debe aplicarse para la elaboración del documento?
El conjunto de normas y
directivas que sirven de referencia para la elaboración del documento son:
• R.D.
681/2003, de 12 de junio, sobre protección de la seguridad y la salud de los
trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el
lugar de trabajo.
• Directiva
1999/92/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las disposiciones
mínimas para la mejora de la protección de la salud y la seguridad de los
trabajadores expuestos a riesgos derivados de atmósferas explosivas (ATEX 137).
• R.D. 400/1996
por el que se dicta las disposiciones de aplicación de la Directiva del
Parlamento Europeo y del Consejo 94/9/CE, relativa a los aparatos y sistemas de
protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas.
• Directiva
1994/9/CE del Parlamento y del Consejo relativa a los aparatos y sistemas de
protección para su uso en atmósferas potencialmente explosivas (ATEX 95).
• Directiva 2014/34/EU
del Parlamento y del Consejo relativa a los aparatos y sistemas de protección
para su uso en atmósferas potencialmente explosivas y que modifica algunos
aspectos sobre la directiva 1994/9/CE
(ATEX 95).
• ITC-BT 29
del REBT.
• Guía de
buenas prácticas para aplicación de la Directiva 1999/92/CE elaborada por
encargo de la Comisión Europea (versión final de enero de 2003).
• Norma UNE-EN
1127-1: 1997, Atmósferas explosivas.
Prevención y protección contra explosiones. Parte 1: Conceptos básicos y
metodología.
• Norma UNE-EN
60079-10: Material eléctrico para atmósferas de gas explosivas. Parte 10:
Clasificación de emplazamientos peligrosos.
• Orden PRE
2317/2002. Criterios generales de clasificación y etiquetado de sustancias y
preparados peligrosos.
¿Cuál debe ser el índice de contenidos del DOCUMENTO ATEX?
La estructura del documento la
realiza un técnico cualificado y puede variar, siempre y cuando se incluyan los
contenidos establecidos en el RD 681/2003. A continuación se propone un índice
que puede servir de guía para la elaboración del documento:
1. Objeto del
documento
2. Descripción
de la empresa y de su actividad
3.
Identificación de los riesgos de explosión
4. Metodología empleada:
4.1. Toma de
datos
4.2. Criterios
de valoración aplicados
4.3. Evaluación de las atmósferas explosivas
5. Evaluación
del riesgo de explosión y clasificación de las zonas.
6. Medidas de
prevención y protección y su ANÁLISIS
7. Plan de
actuación preventivo
8.
Actualizaciones
ANEXOS
(Se debe
incluir los planos de la instalación con la clasificación de zonas peligrosas)
Fecha: 22/12/2014
Alejandro Palacios Rodrigo
Director General de Rosmann Ingeniería
www.rosmann.es
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